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9 Términos que debes saber antes de hacerte autónomo

Si has decidido hacerte autónomo y convertirte en tu propio jefe, debes saber que el camino no siempre es fácil. El sin horarios y sin jefes, muchas veces implica una atención 24/7 por lo que no todo van a ser facilidades.

Por ello, te acercamos 9 conceptos que debes saber antes de lanzarte al emprendimiento. Pasos que deberás dar y conocer para lanzarte en esta aventura. Y recuerda, en Asesoría Alcasa estamos para facilitarte las gestiones de las altas de autónomos

Hacienda y Seguridad Social: primeros pasos para hacerte autónomo

Mientras hayas sido trabajador por cuenta ajena, de todo esto se encargaba “la empresa”. Ahora debes dar el paso tú. Lo primero que deberás hacer para hacerte autónomo es acudir a la Hacienda Foral y registrarte en el Censo de Empresarios.

Una vez realizado este trámite, tendrás un mes de plazo para darte de alta en la Seguridad Social y formalizar tu alta como autónomo.

La cuota de autónomos

La cuota de autónomos tan presente en esta época electoral será tu principal obligación como trabajador. Debe abonarse desde el primer mes en el que nos damos de alta aunque no se haya comenzado a facturar. En 2019, la cuota mínima a abonar es de 283 euros mensuales, 5 euros más que en 2018.

Tarifa Plana

Para poder facilitar el autoempleo, se ha creado la tarifa plana durante el primer año. La cuota de autónomos que antes mencionábamos suele tener un carácter disuasorio para aquellos que quieren emprender. Por ello, se ha creado una tarifa plana de 60 euros durante el primer año de actividad.

Para poder acogerte a ella, debes ser un nuevo autónomo, un autónomo que haya cesado su actividad dos años antes, así como las mujeres que retomen su actividad tras el periodo de maternidad.

Los impuestos.

Los principales impuestos a los que tiene que hacer frente un autónomo es el IVA y el IRPF. En cuanto al IVA, se debe hacer frente a la declaración trimestral del IVA. En esta Declaración se neteará el IVA entre el IVA repercutido y el IVA soportado durante el trimestre.

En cuanto al IRPF, en general se aplica un porcentaje de retención del 15%. Sin embargo, si eres nuevo autónomo o hace dos años que cesaste la actividad puedes beneficiarte de un tipo reducido del 7%.

Los gastos deducibles

Si eres autónomo tienes derecho a deducirte los gastos vinculados a la actividad económica realizada. Para ello, deberás solicitar siempre la factura de los mismos y conservarlas. En este apartado pueden entrar las dietas o viajes por motivos de trabajo o el coche de empresa.

La Capitalización del paro

Si has trabajado anteriormente por cuenta ajena y tienes derecho a paro, puedes solicitar la capitalización del mismo. Esta ayuda económica puede ser interesante para poder iniciar tu actividad empresarial, sobre todo si te hace falta liquidez para hacer frente a inversiones iniciales.

Puedes optar por percibir la prestación por desempleo en un único pago o bien en plazos mensuales para aligerar las cargas hasta no consolidar la facturación

Derecho a paro y bajas laborales

Este suele ser el verdadero talón de Aquiles de los autónomos. Y es que hasta hace nada, los autónomos no tenían derecho a paro como sí tienen los trabajadores por cuenta ajena. Desde el 1 de enero de este año y gracias al acuerdo entre gobierno y organizaciones de autónomos, los autónomos cotizan por todas las contingencias que cotizan los asalariados.

Por tanto, desde el 1 de enero, tienen derecho a cobrar el paro y prestación por accidente de trabajo o enfermedad profesional. Del mismo modo, dejarán de cotizar a la Seguridad Social el segundo mes de baja por enfermedad o IT hasta el alta.

Los autónomos y la maternidad

Las trabajadoras autónomas tienen derecho a la misma prestación por maternidad que las trabajadoras por cuenta ajena. Perciben el 100% de su base reguladora. El problema que surge es que los autónomos cotizan por la cuota mínima por lo que tienen prestaciones generalmente bajas.

Para todas aquellas trabajadoras que coticen por la cuota mínima percibirán aproximadamente unos 800e o 900€ al mes. La nueva Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo incluye que las futuras madres puedan cambiar su base de cotización meses antes de dar a luz para conseguir una mayor prestación

Las pensiones

Los autónomos tienen derecho a cobrar la pensión pública. Sin embargo, si nos atenemos a los datos, éstas suelen ser hasta un 40% menor que la de los trabajadores por cuenta ajena. Al igual que comentábamos con la prestación de maternidad, se debe a que los autónomos suelen cotizar por la mínima.

Para cobrar pensiones más elevadas, los autónomos deberán empezar a subir sus cotizaciones a la cuota de autónomos a medida que se acerquen a la edad de jubilación.

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