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SEGURIDAD EN EL TRABAJO

La protección de la seguridad y salud de los trabajadores además de ser un requisito legal ineludible es un compromiso que debe de abordar toda empresa, entidad u organización con independencia de su dimensión o sector de actividad.

Normas de Referencia:

  • Todas las entidades deben cumplir con las disposiciones mínimas recogidas en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/95) y en su posterior modificación establecida en la ley 54/2003, así como en el Reglamento de Servicios de Prevención (R.D. 39/07).
  • Adicionalmente, en función de las características particulares de cada organización, le serán de aplicación diferentes referencias legales y técnicas específicas.

Asesoría Alcasa, informa de la obligatoriedad de cumplir con la legislación en materia de PRL (Prevención de Riesgos Laborales) a toda empresa que cuente con trabajadores por cuenta ajena.

Póngase en contacto con nosotros y le facilitaremos información personalizada sobre los requisitos que le son de aplicación y opciones para cumplir con los mismos.

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